viernes, 22 de junio de 2012

Guardia y custodia compartida

La guardia y custodia compartida en nuestro país no es nueva existen comunidades autónomas como es el  caso de Cataluña cuyas legislaciones  ya contemplan  esta posibilidad y suele ser habitual que las parejas que acuden a nuestro despacho se interesen por este modo de guardia y custodia para sus hijos.La realidad social ha cambiado y las leyes también poco a poco van adaptándose  a la misma.
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el pasado 20 de junio de 2012 , con 207 votos a favor, 111 en contra y 8 abstenciones, una moción  por la que emplaza al Gobierno a acometer, en el plazo de seis meses, una reforma encaminada a conseguir la viabilidad de la guardia y custodia compartida en los supuestos de ruptura de la unidad familiar, impulsando la conciliación y atendiendo al interés superior del menor.
Seguiremos de cerca la reforma.

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